SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1229/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
III.
La accionante acusa la vulneración de sus derechos al debido proceso, en sus elementos de motivación y fundamentación de las resoluciones, congruencia y valoración de la prueba y a las garantías de legalidad e igualdad de trato ante la ley; por cuanto, dentro de un proceso disciplinario llevado en su contra, la Jueza Disciplinaria Primera emitió la Sentencia Disciplinaria 0184/2015, sin realizar una correcta valoración de las pruebas ni considerando la prueba de descargo ofrecida; declarando improbada la denuncia respecto a la supuesta falta prevista en el art. 186.7, y probada la supuesta falta prevista en el art. 187.14, ambas de la LOJ, disponiendo como sanción la suspensión del ejercicio de sus funciones por dos meses sin goce de haberes; que una vez apelada, las autoridades del Consejo de la Magistratura emitieron la Resolución SD-AP 141/2016, con las mismas incongruencias que la referida Sentencia, resolviendo revocar en forma parcial la Sentencia impugnada, declarando extinguida la acción disciplinaria respecto a la falta disciplinaria inserta en el art. 186.7 de la LOJ, manteniendo firmes y subsistentes los demás extremos del fallo recurrido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. Debido proceso y el principio de congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo