SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

II.4.

II.4.  Mediante memorial de 14 de julio de 2016, dirigido al Inspector Departamental del Trabajo, Cira Flores Villarroel, Alcaldesa a.i. del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija mediante Mónica Blacutt Loaysa, Asesora Legal de RR.HH., en respuesta a la citación de “30 de mayo” del indicado año -lo correcto es 6 de julio-, sobre reincorporación laboral por despido injustificado a denuncia interpuesta por las ahora accionantes y otros; señalando que la institución a la que representa se encontraba en una difícil situación económica; razón por la cual, se tomó la decisión de efectuar el cambio de modalidad de contrato, ello a fin de evitar un problema mayor que sería la malversación de fondos; toda vez que, no se contaba con el presupuesto para continuar con la contratación del personal denunciante en la partida 121 menos en la 117; sin embargo, con el propósito de que continúen con su fuente laboral se decidió al cambio de modalidad de contratación como consultores en línea; por lo que, solicitó se analice la exclusión a la que hace referencia la Ley 321, de la cual son objeto las denunciantes en virtud al principio de realidad (fs. 123 y vta.).