SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

II.7.

II.7.  Por escrito de 26 de julio de 2016, María del Rosario Ávila Herbas de Orosco, Javier Taboada García y Richard Chino Colque, los primeros nombrados hoy accionantes, impugnaron las elecciones llevadas a cabo el 23 del mismo mes y año, solicitando la nulidad de dichas elecciones, con la consiguiente Convocatoria a un nuevo acto electoral, con los siguientes  argumentos: 1) Las elecciones están viciadas de nulidad en razón a que el 22 de junio de 2016, impugnaron las mismas debido a que su frente “Cien por Cien Cocani” fue depurado de manera ilegal y arbitraria, coartándoles de esa manera de su derecho a participar en ese acto democrático, empero no recibieron respuesta alguna a dicha impugnación; y, 2) El Comité Electoral, no actuó de forma imparcial, ya que no obstante que tres de los miembros del frente “Jallalla Cocani”, estaban comprendidos en causales de depuración, no procedieron a depurarlos; del mismo modo permitieron que “Jaime Flores Felipez”, pese a tener pendiente una rendición de cuentas con la Morenada, participe como candidato a Presidente, lo cual fue observado oportunamente (fs. 12 a 13).