SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1285/2016-S3
Fecha: 22-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante estima como vulnerado su derecho al debido proceso en su vertiente a una resolución fundamentada; por cuanto, las autoridades ahora demandadas al resolver la apelación incidental que interpuso contra el fallo que determinó la aplicación de medidas cautelares sustitutivas a la detención preventiva; si bien declararon procedente en parte dicho recurso, dejando sin efecto algunas medidas impuestas, mantuvieron ilícitamente las otras, emitiendo una Resolución sin una debida fundamentación, limitándose a establecer que existían indicios para determinar la concurrencia del art. 233.1 del CPP, legitimando la imposición de tal medida, bajo una respuesta sin coherencia ni lógica que no abordó la problemática planteada en la impugnación relativa a la inexistencia de acción vinculada al delito imputado, convalidando la ilegalidad de la imputación formal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto