Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1288/2016-S3
Fecha: 22-Nov-2016
a)
Solicita se conceda la tutela disponiéndose: a) La devolución y restitución física de su persona al bien inmueble urbano constituido en su vivienda familiar, librando mandamiento de desapoderamiento contra los ahora demandados quienes se encuentren ocupando ilegalmente dicho inmueble con auxilio de la fuerza pública; b) La restitución física de su persona a su taller de gomería con todas sus herramientas y maquinarias, siendo su fuente de trabajo y sustento de su familia; c) La reinstalación de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica; d) Cesen las amenazas y lo dejen vivir en paz; y, e) El pago de costas procesales, daños y perjuicios ocasionados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Otras actuaciones
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho se activan ante la acreditación de la necesidad de una tutela urgente relacionada con la vivienda
- es la que debe demostrar su derecho propietario y la existencia de vías o medidas de hecho,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER