SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1288/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1288/2016-S3

Fecha: 22-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por más de diez años estuvo en posesión pública, pacífica, continuada y sin interrupción del bien inmueble, ubicado en la “…Av. Carlos Daher Harb, barrio ‘La Willams de esta ciudad de Camiri…” (sic), donde tiene construida su vivienda, la cual habita junto con su hija y funciona su taller de gomería; sin embargo, en mayo de 2016, Norah Salazar Barriga de Carballo y Rodolfo Carballo Salazar -ahora demandados- aparecieron sorpresivamente, alegando ser propietarios del referido inmueble; desde entonces vienen perturbando su posesión, y actualmente junto a otras personas iniciaron trabajos de construcción, impidiendo que viva y trabaje en paz, además de exigirle que salga del mismo, amenazándolo con destruir su vivienda, su taller de gomería y botar a la calle todas sus cosas. 

Finalmente, el 26 de agosto de 2016, procedieron a cortarle el suministro de agua y la energía eléctrica de su vivienda, y para colmo, mientras se encontraba cambiando llantas a un vehículo en la acera del inmueble, la ahora demandada le puso un candado al portón de ingreso, impidiendo la entrada a su vivienda y taller que es su fuente de trabajo y el sustento de su familia, ante esta medida de hecho arbitraria e ilegal, acudió ante el Notario de Fe Pública de Segunda Clase 2 de Camiri del departamento de Santa Cruz, a efecto que verifique el hecho y elabore un informe.