Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1288/2016-S3
Fecha: 22-Nov-2016
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 01/2016 de 30 de agosto, cursante de fs. 48 a 51, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Primero de Camiri del Departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Otras actuaciones
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho se activan ante la acreditación de la necesidad de una tutela urgente relacionada con la vivienda
- es la que debe demostrar su derecho propietario y la existencia de vías o medidas de hecho,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER