Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1288/2016-S3
Fecha: 22-Nov-2016
II.1.
II.1. Cursan nueve fotografías en las que se observan herramientas, llantas, materiales y hombres trabajando en la construcción de habitaciones en el interior del inmueble -ubicado en Avenida Carlos Daher Harb, zona el “Bateón” de la ciudad de Camiri-, selladas y firmadas por Víctor Hugo Borda Pizarro, Notario de Fe Pública 2 de Camiri del departamento de Santa Cruz (fs. 2 a 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Otras actuaciones
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho se activan ante la acreditación de la necesidad de una tutela urgente relacionada con la vivienda
- es la que debe demostrar su derecho propietario y la existencia de vías o medidas de hecho,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER