Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1293/2016-S3
Fecha: 22-Nov-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 1 de septiembre de 2016, cursante de fs. 204 a 210, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Manuel Acebey Armella contra Grover Heredia Ordoñez, Presidente; Jorge Hernán Ibarra Olarte y Andrés Condori Calizaya, Vocales Permanentes; Juan Carlos Paniagua García, Secretario Asesor Jurídico; Álvaro Carlos Villavicencio Lazcano, ex Presidente; Fermín Cuevas Rodríguez y Daniel Sirpa Vicente, ex Vocales Permanentes, todos de la Comisión de Régimen Disciplinario de la Escuela Básica de Policías (ESBAPOL) de Tarija; y, Carlos Arismendi Chumacero, Vicerrector de la Universidad Policial (UNIPOL) “Mariscal Antonio José Sucre”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- CONFIRMAR