SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2016-S3
Fecha: 24-Nov-2016
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Primera de la Capital del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 07/2016 de 19 de septiembre, cursante de fs. 75 vta. a 78, denegó la tutela solicitada, sosteniendo que el ahora accionante se encuentra privado de su libertad por orden de autoridad judicial en razón de haber sido imputado por la presunta comisión de un hecho delictivo, detención preventiva que puede ser revertida cuando emerjan nuevos elementos de juicio y se demuestre que ya no es necesario mantener dicha medida; asimismo, el mencionado en ningún momento estuvo en absoluto estado de indefensión, razón por la cual no es posible que la Jueza de garantías a través de la acción de libertad ingrese al análisis de fondo de lo planteado, debiendo el accionante acudir a la acción de amparo constitucional, entendimiento asumido en atención al razonamiento emitido en las diferentes Sentencias Constitucionales Plurinacionales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- Con dicha orden se practicará la citación, personal o por cédula, a la autoridad o a la persona denunciada
- La citación con el recurso y el auto de admisión, tiene vital importancia para la sustanciación de las acciones tutelares, por cuanto, al igual que en otro proceso judicial tiene la finalidad de poner en conocimiento del o los recurridos los hechos denunciados y los fundamentos expuestos por el recurrente, a objeto de que el recurrido pueda asumir su defensa
- Con relación a esta exigencia queda involucrada la garantía constitucional a la tutela judicial efectiva en su vertiente de derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Auto de Vista 172/2015, pronunciado por la Sala Penal Primera con la intervención de la Vocal de la similar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija
- 2°