SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2016-S3

Fecha: 24-Nov-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándola, sostuvo que el Fiscal codemandado pretendiendo subsanar las falencias del requerimiento de 9 de octubre de 2015, emitió el Requerimiento de 15 de igual mes y año, por medio del cual solicitó a la funcionaria policial que ejecutó el mandamiento de aprehensión, informe pormenorizado de dicha actuación, por lo que al no acomodarse este a lo establecido por la norma, la misma carece de todo respaldo legal constituyéndose en una aprehensión ilegal.

Por otra parte, se aclaró que la consignación de Ernesto Félix Mur, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, como autoridad demandada, se refiere a un error de taipeo, debiéndose considerar que la excusa presentada por José Luis Lenz Mamani y Blanca Carolina Chamón Calvimontes, es resultado de que a través de esta acción se impugnó el Auto de Vista 172/2015, emitido por dichas autoridades.