SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1339/2016-S3
Fecha: 25-Nov-2016
187.14 de la LOJ
Ahora bien, la falta tipificada en el art. 187.14 de la LOJ, textualmente establece: “Omitir, negar o retardar indebidamente la tramitación de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados”. En ese entendido, los demandados a tiempo de resolver el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Disciplinaria 002/2016, en lo referido a los argumentos manifestados por la accionante, expresaron textualmente: “…empero al memorial de apelación se adjunta baja médica por presunto miomatosis uterina que le ocasiona hemorragias, ambos motivos expresados por la jueza denunciada para la justificar la ausencia en la audiencia señalada no son coincidentes…” (sic.) “…debió adjuntar para sustentar su justificación o cuando presento el informe del presente proceso disciplinario o en calidad de reciente obtención en primera instancia, exigencia que no cumplió. Estos aspectos generan duda del verdadero motivo de inconcurrencia y habiendo prelucido la epata procesal para presentar estas prueba, puesto que no fueron sometidos a contradicción, por lo que no puede ser atendible el agravio formulado…” (sic).
De lo anterior, se tiene que la justificación expresada por las autoridades demandadas, tiende a restringirse a la valoración de la prueba aportada, careciendo así de una suficiente y necesaria fundamentación, por tanto lesiona el debido proceso, pues por una parte afirman que no valoraran el certificado médico y por otra consideran que el mismo genera duda del verdadero motivo de la inconcurrencia de la accionante a la audiencia, lo que revela una falta de congruencia interna de la resolución. Por otro lado, omiten mostrar de manera adecuada las razones legales de porque no es posible, en apelación presentar pruebas, menos identifican cual sería la norma que sanciona con preclusión dicha omisión y si los argumentos de encontrarse en una provincia lejana justifican la presentación de la prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 187.14 de la LOJ
- indebidamente
- REVOCAR