DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2016

Fecha: 01-Dic-2016

b)

b) Todas las personas privadas de libertad tiene derecho a comunicarse libremente con su defensor, interprete, familiares y personas allegadas. Se prohíbe la incomunicación bajo ningún justificativo. Toda incomunicación solo podrá tener lugar en el marco de investigaciones por comisión de delitos, dicha incomunicación durará como máximo veinticuatro horas.