DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Fragmento 15

(Antes art. 65) ahora “Artículo 64º (Prohibición). ).- I. El cargo de Alcaldesa o Alcalde, elegidos mediante sufragio universal y el de Sub-Alcaldesa o del Sub-Alcalde, de autoridades y de servidoras  o servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal, en el desempeño de sus cargos está prohibido el ejercicio simultáneo de otra función pública remunerada a tiempo completo.