Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2016
Fecha: 01-Dic-2016
1.
1. La COMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado, de los siguientes artículos adecuados conforme a lo dispuesto por las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0009/2015 de 14 de enero y 0225/2015 de 16 de diciembre y ordenados según la tercera adecuación del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Zudáñez, aprobado por Ley Municipal 038/2016 de 20 de septiembre: 20.4.7 y 9; 21.5; 23.2 y 6; 32.I; 34.19; 36; 37.II; 51; 62; y 96 epígrafe, II; en consecuencia, se declara la COMPATIBILIDAD PLENA del referido proyecto normativo, sobre la base de las adecuaciones que fueron objeto de pronunciamiento constitucional.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 5
- art. 13
- la vigencia de la carta orgánica municipal, en reemplazo de una norma que trataba sobre la vigencia del derecho autonómico
- Fragmento 8
- improcedencia
- 9.
- art. 22.9
- compatibilidad
- el numeral 16
- ordenanzas
- Artículo 32.- PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Artículo 37.- REEMPLAZO DE LA ALCALDESA O ALCALDE MUNICIPAL
- Fragmento 19
- COMUNITARIO
- Fragmento 21
- Artículo 96.- DESARROLLO ECO-AGRO TURISMO-CULTURAL COMUNITARIO
- suprimir de la previsión analizada, el término:
- art. 124
- el patrimonio del gobierno municipal, institución jurídica que en su elemento positivo contiene a los bienes en todas sus formas y características y por lo tanto, no es apropiado reemplazar una parte, por el todo de una institución jurídica, más aún si el epígrafe de la norma adecuada, no condice con el contenido de la misma
- Fragmento 26
- el contenido original del artículo 140
- 1.
- 2.