Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0153/2016 de 1 de diciembre, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0153/2016 de 1 de diciembre, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.

Fecha: 01-Dic-2016

Fragmento 9

        Toda reforma parcial o total, sebe ser de resultado de procesos participativos, para luego ser aprobada por dos tercios del total de miembros del concejo municipal, pasar por el control de constitucionalidad y referendo aprobatorio en la jurisdicción Municipal, para su puesta en vigencia, en el marco del Artículo 275 de la Constitución Política del estado Plurinacional y la Leu Marco de Autonomías y descentralización”