SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2016-S1

Fecha: 01-Dic-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante ratificó el contenido de su acción de amparo constitucional y ampliándola señaló que las Resoluciones Administrativas Municipales 265/10 y 454/2016 de 2 de junio -de demolición-, fueron dictadas por el Secretario Municipal de Planificación y Desarrollo Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo y no por el Alcalde demandado del citado municipio, lo que se constituye en un acto ilegal porque la demolición de un inmueble es atribución de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) Municipal, conforme el art. 23.23 de la Ley 482 de 9 de enero de 2014; y toda vez que, la Resolución Técnico Administrativa revocada fue emitida por la autoridad ahora demandada; de lo que se concluye que, los actos ilegales provienen de un servidor público de segundo rango en representación del hoy demandado.