Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2016-S1
Fecha: 01-Dic-2016
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por decreto constitucional de 19 de octubre de 2016, se suspendió el cómputo de plazo por solicitud de documentación complementaria, reanudándose el mismo por decreto de 1 de diciembre de igual año; siendo notificadas las partes en idéntica fecha, a cuyo efecto, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es emitida dentro de término.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido
- Fragmento 20