SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1259/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III.4. Análisis del caso concreto
Los accionantes denuncian el incumplimiento de los arts. 6, 8, 10 y las Disposiciones Abrogatorias de la Ley Municipal 291, respecto a las prohibiciones para la autorización de nuevos asentamientos individuales y/o colectivos de comerciantes minoristas en la avenida “Tiwanaku” (sic), entre otras, así como de la ampliación de asentamientos legalmente constituidos y de los que produzcan obstrucción peatonal y congestionamiento vehicular, omitiendo la Alcaldesa, el Secretario Municipal de Desarrollo Económico, el Director de Ferias y Mercados, el Coordinador de la Unidad de Ferias y la Intendente, del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, su deber de ordenar el levantamiento de gremiales clandestinos e ilegales de la zona de “Villa Dolores” de la citada urbe.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- Tutela mandatos normativos de acción y abstención, consecuentemente, tutela tanto la ejecución de aquello que es deber del servidor público (norma imperativa de hacer)
- Artículo 6.- (ASENTAMIENTOS).-
- Artículo 8.- (PROHIBICIONES).-
- PRIMERA.-
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR