SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

i)

         Ahora bien, una vez emitida el decreto de 26 de enero de 2016, por el Juez de la causa, el accionante haciendo uso del recurso de reposición bajo alternativa de apelación, por memorial de 29 del mes y año señalado, impugnó los siguientes aspectos: i) En el Auto Supremo 953/2015, emitido por la Sala Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, en su parte resolutiva de forma congruente y fundamentada dispuso y ratificó la vigencia plena ante las oficinas de DD.RR. del registro de derecho propietario correspondiente al Banco FIE S.A., adquirido a través de una Donación de Pago, sentado bajo el asiento A-5 con matrícula 9.01.1.01.0004207, por tal motivo no existe dos propietarios en la referida matricula, como se menciona en la referida providencia señalada, lo cual le causa agravio; y ii) En el folio real del inmueble presentado ante el Juez de la causa, figura de forma expresa en los asientos A-5 y A-6 el derecho propietario del Banco FIE S.A., documento público que tiene toda la fuerza probatoria y el valor legal establecido en los arts. 1534 y 1538 del CC, por ser un documento emitido por un registro público.

         Por esos argumentos, refiere que se revoque el decreto de 26 de enero de 2016 y el Auto 037/2016 de 2 de febrero de igual año, dictándose uno nuevo, con el propósito de ejercer el derecho propietario y el poder jurídico sobre el inmueble cuestionado, a través de la posesión, uso, goce y disfrute, que al presente estaría ocupado por terceras personas de las cuales desconoce su identidad, aspectos que no se habrían considerado en el Auto de Vista impugnado.