SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III.5. Análisis del caso concreto
De la documentación que informan los antecedentes del expediente, se evidencia que el accionante alega como lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación, a la defensa, a la propiedad privada y a la tutela judicial efectiva; dado que, los Vocales de Sala Civil, Comercial, Familiar, Social, Niña Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista 55/2016, al resolver la solicitud de reposición bajo alternativa de apelación de la providencia de 26 de enero de 2016, confirmaron la misma con total carencia de argumentos legales, motivación y fundamentación debida en el fondo de la apelación planteada, pretendiendo remplazar dichos aspectos con meras referencias del proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- III.2.De la acción de amparo
- III.3.La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión,
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.5. Análisis del caso concreto
- i)
- a)
- CONFIRMAR en parte
- 3°