SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2016-S2

Fecha: 05-Dic-2016

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Silvio Efrain Mamani y Benita Choque Chino, a través de su abogado, en audiencia, manifestó que el proceso de usucapión quinquenal data de 2007, por lo que está regido por el anterior Código de Procedimiento Civil, que con el retiro de la demanda y su notificación, la consecuencia es su no existencia, por lo que el Juez ya no puede hacer nada; sin embargo, después de muchos años aparece un ajeno al proceso y el Juez equivocadamente le permite ser parte, siendo esta una falta gravísima, púes lo que debió hacer es declararse incompetente; de la misma manera, la Sala Civil debió rechazar in límine la apelación sin necesidad de fundamentar.