Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1362/2016-S3
Fecha: 01-Dic-2016
b)
b) Se realiza una explicación amplia de los elementos constitutivos del tipo penal de violación, realizando un análisis de la condición objetiva del mismo en la consideración de la violencia física y psicológica que puede ser ejercida sobre la víctima, también sobre las formas en las que puede ser cometido este delito a través de la explicación doctrinaria del elemento constitutivo de la acción penal, el sujeto activo del mismo y la imposición de la pena como consecuencia emergente de la comisión del delito.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la cesación de los efectos del acto reclamado o teoría del hecho superado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
- III.3. Principio de congruencia: entendimiento
- III.4.1. Sobre la denunciada emisión de la conminatoria previo al vencimiento del plazo de los seis meses de la etapa preparatoria
- III.4.2. Sobre la denunciada falta de fundamentación y congruencia de la Resolución Fiscal Conclusiva de Sobreseimiento
- ii)
- iii)
- b)
- c)
- e)
- CONFIRMAR