SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1362/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1362/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido contra Cesar Gary Morant Amurrio -hoy tercero interesado- por la presunta comisión del delito de violación, se presentó imputación formal el 21 de enero de 2016, disponiéndose la detención preventiva del nombrado; posteriormente, en febrero del mismo año, la Jueza de Instrucción contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora demandada- emitió conminatoria al Fiscal Departamental -ahora codemandado-, indicando erróneamente que la etapa preparatoria se había vencido, computando el inicio de los seis meses desde la presentación de la denuncia y no así desde la imputación formal.

Ante ello y sin objetar la errónea conminatoria de la autoridad judicial, las Fiscales de Materia -hoy codemandadas- dispusieron en tiempo récord su Resolución Fiscal Conclusiva de Sobreseimiento después de un mes y ocho días de presentada la imputación formal, contraviniendo el art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con el argumento de que no denunció que el procesado actuó con violencia y que el examen ginecológico refirió la ausencia de lesión, sin realizar una valoración exhaustiva de las pruebas aportadas y pronunciando un fallo carente de fundamentación y congruencia, en favor del mismo.

Departamental -ahora codemandado- ratificó la misma por Resolución Fiscal Departamental GPJ 066/16 de 31 de marzo de 2016, en la que omitió referirse a los hechos que motivaron la impugnación, carente de fundamentación, motivación y congruencia, sin la existencia de elementos valorativos, limitándose a la narración de los hechos y manifestando la inexistencia de suficientes elementos de convicción, ni considerar que las pruebas recolectadas son contundentes, violando asimismo la legalidad ordinaria al no pronunciarse respecto a la defectuosa conminatoria emitida por la Jueza de la causa.