SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1362/2016-S3
Fecha: 01-Dic-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido contra Cesar Gary Morant Amurrio -hoy tercero interesado- por la presunta comisión del delito de violación, se presentó imputación formal el 21 de enero de 2016, disponiéndose la detención preventiva del nombrado; posteriormente, en febrero del mismo año, la Jueza de Instrucción contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora demandada- emitió conminatoria al Fiscal Departamental -ahora codemandado-, indicando erróneamente que la etapa preparatoria se había vencido, computando el inicio de los seis meses desde la presentación de la denuncia y no así desde la imputación formal.
Ante ello y sin objetar la errónea conminatoria de la autoridad judicial, las Fiscales de Materia -hoy codemandadas- dispusieron en tiempo récord su Resolución Fiscal Conclusiva de Sobreseimiento después de un mes y ocho días de presentada la imputación formal, contraviniendo el art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con el argumento de que no denunció que el procesado actuó con violencia y que el examen ginecológico refirió la ausencia de lesión, sin realizar una valoración exhaustiva de las pruebas aportadas y pronunciando un fallo carente de fundamentación y congruencia, en favor del mismo.
Departamental -ahora codemandado- ratificó la misma por Resolución Fiscal Departamental GPJ 066/16 de 31 de marzo de 2016, en la que omitió referirse a los hechos que motivaron la impugnación, carente de fundamentación, motivación y congruencia, sin la existencia de elementos valorativos, limitándose a la narración de los hechos y manifestando la inexistencia de suficientes elementos de convicción, ni considerar que las pruebas recolectadas son contundentes, violando asimismo la legalidad ordinaria al no pronunciarse respecto a la defectuosa conminatoria emitida por la Jueza de la causa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la cesación de los efectos del acto reclamado o teoría del hecho superado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
- III.3. Principio de congruencia: entendimiento
- III.4.1. Sobre la denunciada emisión de la conminatoria previo al vencimiento del plazo de los seis meses de la etapa preparatoria
- III.4.2. Sobre la denunciada falta de fundamentación y congruencia de la Resolución Fiscal Conclusiva de Sobreseimiento
- ii)
- iii)
- b)
- c)
- e)
- CONFIRMAR