Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1374/2016-S3
Fecha: 01-Dic-2016
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016 ante Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Caranavi del departamento de La Paz, Miguel Robles Calderón, Fiscal de Materia -hoy codemandado- solicitó salida alternativa de criterio de oportunidad reglada a favor de Félix Santalla Condori -ahora accionante- conforme lo establecido en los arts. 325 y 328 del CPP (fs. 28 a 29).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al debido proceso
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte