SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1380/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
III.
La entidad de accionante, a través de su representante legal denuncia la vulneración de sus derechos a la asociación, al trabajo, al debido proceso, al acceso a la justicia, al transporte, “seguridad jurídica”, a la defensa, considerando que los dirigentes, como las autoridades demandadas (Directores de Medio Ambiente, de Transporte y Vialidad; y, Sub alcalde del Distrito 5 del Gobierno Autónomo Municipal de Montero del departamento de Santa Cruz), impulsaron a los vecinos de los barrios Rodeo del Norte, Integración del Sur, como el Paraíso, al avasallamiento de las rutas catorce y veintiuno que se le asignó legalmente; asimismo, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de esa ciudad, ahora demandado, al emitir las Resoluciones Administrativas Municipales 39/2016 y 40/2016 por las que suspendió temporalmente la autorización de funcionamiento de los trayectos referidos a la Cooperativa de Transporte 8 de Diciembre del Norte Ltda. y otorgó esa ruta a la Asociación de Transporte Jorge Nieme (Línea 6) como al Sindicato de Colectiveros Norte (Línea 11) ilegales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7
- II.9
- II.10
- III.
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- i)
- III.3.La teoría del hecho superado en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2º DENEGAR