SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1406/2016-S3
Fecha: 05-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante sostiene que fueron lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, congruencia interna y tutela judicial efectiva, al juicio o proceso previo, a la defensa, a la igualdad, al principio de capacidad contributiva y al “derecho de propiedad respecto a la no confiscatoriedad”; debido a que dentro del proceso contencioso administrativo en el cual intervino como tercero interesado, los Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia -ahora demandados-, dictaron la Sentencia 12 de 7 de marzo de 2016, inobservando el objeto y los alcances del procedimiento de determinación tributaria, siendo que correspondía que esta sea sobre base presunta, conforme el razonamiento efectuado en la resolución jerárquica que dejaron sin efecto, por lo que al establecer que su determinación sea sobre base cierta, ocasionaron que se le imponga una deuda desproporcionada, ajena de la realidad económica de los hechos imponibles.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- posibilidad que tiene toda persona de ser escuchada por el órgano jurisdiccional a fin de poder hacer conocer su versión y en su caso enervar la de la parte actora, con carácter previo a que se adopte una decisión.
- se garantice al justiciable el conocimiento o notificación oportuna de la sindicación para que pueda estructurar eficazmente su defensa, el derecho a ser escuchado, presentar pruebas, impugnar
- el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones
- el principio de la participación del tercero tiene por finalidad la protección de sus derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- “…1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa no ha planteado recurso alguno
- CONFIRMAR