SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1409/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1409/2016-S3

Fecha: 05-Dic-2016

Fragmento 3

Después de cumplir la referida determinación con su sanción, le entregaron otro Memorando RR-HH-LP/0005/15 el 19 de enero de 2015 de Preaviso, conforme prevé el art. 12 de la Ley General del Trabajo (LGT), señalando que al ser reincidente -lo que nunca existió-, se lo retiraría de la referida Empresa desde el 19 de abril del citado año -tres meses después- por ese motivo lo devolvió dicho Memorando; por lo que, recurrió a la Federación Departamental de Fabriles de La Paz, sin ningún resultado. Posteriormente, el 31 de marzo de igual año nuevamente se emitió otro Memorando RR-HH-LP/026/15 de 31 de marzo de 2015, de suspensión por cinco días, bajo el entendido de abandonar su fuente laboral de manera sospechosa, comenzando de esa manera con una persecución sobre su persona.