SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1409/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1409/2016-S3

Fecha: 05-Dic-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que se lesionaron sus derechos a la salud, al trabajo, a la estabilidad laboral y a la seguridad social; por cuanto, la Empresa ahora demandada procedió a despedirlo injustificadamente en vigencia del Memorando RR-HH-LPZ/ 005/15 de 19 de enero de 2015, de Preaviso, suprimiendo sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, y una vez que se emitió la correspondiente Conminatoria de reincorporación, la Empresa hoy demandada le repuso a su fuente de trabajo en una primera oportunidad, pero a los pocos días nuevamente fue despidió, dictándose una nueva Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/EVG/ 064/2015 de 19 de octubre, -de reincorporación- y como consecuencia de ello fue convocado por la parte patronal exigiéndole que presente su renuncia a cambio de la cancelación de diez sueldos y sus beneficios sociales, hecho que no fue aceptado por el hoy nombrado. Ante esa situación, fue despedido por tercera vez atribuyéndole la comisión de faltas previstas en los arts. 16 inc. e) de la LGT y 9 incs. c) y e) de su Decreto Reglamentario.