SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1414/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1414/2016-S3

Fecha: 05-Dic-2016

3)

3)   “Al haberse dado cumplimiento en el envió de las apelaciones por parte de la secretaria el suscrito no remitió Antecedentes al Juzgado Disciplinario, ya que el objetivo era reconducir el procedimiento y restituir los derechos o garantías vulnerados al imputado, puesto que si la autoridad jurisdiccional convalidaba la actuación, vulneradora o no del personal subalterno, en este caso la acción de la Secretaria automáticamente, seria sancionado con la Falta Grave que se me impuso, pero al no haber consentido dicho acto el suscrito se deslinda de la responsabilidad disciplinaria tal como lo manifiesta la siguiente Sentencia Constitucional 279/2011-R Sucre, 26 de septiembre de 2011…“ (sic).