Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1426/2016-S3
Fecha: 06-Dic-2016
II.1.
II.1. Consta Resolución fiscal de 13 de octubre de 2016, por medio de la cual el Fiscal de Materia imputó formalmente Álvaro Alejandro Alvarado Ríos -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito “…prevista en la primera parte del párrafo I del art. 261 del Código Penal…” (sic [fs. 65 a 66 vta.]), Resolución que fue presentada en la misma fecha ante el Juez de Instrucción Penal de turno de la Capital del departamento de Oruro solicitando aplicación de la medida cautelar de detención preventiva (fs. 67 a 68 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El Estado debe evitar que la medida de coerción procesal sea igual o más gravosa para el imputado que la pena que se espera en caso de condena
- no se debe autorizar la privación cautelar de la libertad, en supuestos en los que no sería posible aplicar la pena de prisión
- 2)
- la detención preventiva no procede en aquellos delitos de acción pública sancionados con pena privativa de libertad, cuyo máximo legal sea inferior o igual a tres años
- III.2. Análisis del caso concreto
- inferior
- o igual
- I.
- II.
- Las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional constituyen jurisprudencia y tienen carácter vinculante para los Órganos del poder público, legisladores, autoridades, tribunales y particulares
- REVOCAR