Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1436/2016-S3
Fecha: 07-Dic-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 12 de octubre de 2016, cursante de fs. 31 a 32, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Kelvin Silvino Da Silva Vargas contra Ponciano Ruiz Quispe y Antonio Fagalde Revilla, Vocales de la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niñez y Adolescencia, Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
- acción de amparo constitucional
- a)
- manifiesta improponibilidad
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El principio de congruencia como componente del debido proceso
- la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos emitidos por la resolución, esta concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume.
- 1)
- CONFIRMAR en parte