SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1489/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1489/2016-S3

Fecha: 16-Dic-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera como lesionados sus derechos “al 50% del bien común con su cónyuge obtenido durante la unión libre” (sic), “a la protección del Estado y sus autoridades judiciales a la equidad e igualdad de los efectos patrimoniales entre cónyuges frente a terceros” (sic), a la propiedad privada individual o común, “a no sufrir violencia económica patrimonial” (sic), a no ser discriminada por su condición de mujer y analfabeta, a una justicia pronta, oportuna y eficaz como adulta mayor, al debido proceso en sus elementos fundamentación, correcta aplicación de la ley como del instituto de la nulidad y a la presunción legal sobre los bienes gananciales, señalando que las autoridades judiciales demandadas a momento de dictar el AS 745/2016 de 28 de junio, anularon obrados sin reposición, hasta el decreto de admisión, alegando que la instancia competente es la jurisdicción familiar, omitiendo considerar que la unión libre o de hecho se encuentra amparada en la Norma Suprema, siendo sus efectos inmediatos sobre los derechos patrimoniales, sin que exista como previo requisito el reconocimiento de la unión libre.