SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Leyla Rossío Daza Paredes, en su condición de tercera interesada, en audiencia, manifestó que la solicitud de desapoderamiento estaría fuera de toda norma procesal por ya existir cosa juzgada, por lo cual fue denegada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial y confirmada en apelación por la Sala Civil Primera, por Auto de 9 de octubre de 2013, resultando atípica la solicitud de la accionante pues la característica de la cosa juzgada es que garantiza que un proceso no dure años y que sobre un determinado asunto se discuta una y otra vez, por lo que aclara que en su condición de propietaria de un lote de 500m² vinculado al proceso señalado no corresponde otorgar dicho desapoderamiento tratándose de una causa que tiene la calidad de cosa juzgada, siendo una acción negatoria no de mejor derecho propietario como menciona la accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el deber jurídico que tiene el órgano encargado de su ejecución de hacer efectiva la decisión contenida en el fallo en los términos establecidos en ella
- La cosa juzgada material otorga al contenido del fallo, las características de inmutabilidad así como ejecutabilidad y coercibilidad, con efectos hacia el pasado y al futuro, por ende, las partes están obligadas a acatar la decisión judicial sobre el caso dirimido
- III.2. Sobre el derecho a la tutela judicial y efectiva
- Lograr que la Resolución emitida sea cumplida y ejecutada, debido a que si se entiende que se acude a un proceso para que se reestablezca o proteja un derecho, un interés o un bien, en la medida que el fallo no se ejecute, el derecho a la jurisdicción o de acceso a la justicia no estará satisfecho
- razón por la cual,
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo