Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 56 de 29 de septiembre de 2015, cursante de fs. 269 a 270, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mary Luz Franco Menacho contra Jimmy Fernando López Rojas, Mirian Rosell Terrazas y Sergio Cardona Chávez, Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- se excusaron
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo