Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
II.3.
II.3. Nelly Sánchez Justiniano, Jueza Segunda precitada, mediante oficio MSVC 03/15 de 14 de enero de 2015, remitió en grado de apelación en efecto devolutivo el proceso de pago de beneficios sociales seguido por Mary Luz Franco Menacho contra Bismarck Méndez Suárez, que fue providenciado el 16 del mismo mes y año por Sergio Cardona Chávez, Vocal de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, radicado en dicha Sala (fs. 206 a 207).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- se excusaron
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo