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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2016-S3

    Fecha: 05-Feb-2016

    I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional

    La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 50/2015 de 5 de agosto, cursante a fs. 37 y vta., declaró por no presentada la acción de amparo constitucional; en cuya consecuencia, el accionante por memorial presentado el 24 de igual mes y año, impugnó dicha determinación (fs. 39 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.
    • Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
    • en tres dimensiones distintas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • ii)
    • la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
    • CONFIRMAR

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