SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

I.2.3. Intervención del Ministerio Público

Erika Martha Arce Cuellar en representación del Ministerio Público, en audiencia manifestó que, conforme a la Constitución Política del Estado y otras normas que consagran el principio de estabilidad laboral, las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de su fuente laboral, sino por una causa justa. En el caso, el argumento referido a la restructuración como una causal, no es justificativo para el despido, por lo que, requirió se conceda la tutela en favor del accionante.