Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2016-S3
Fecha: 29-Feb-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 021/2015 de 1 de octubre, cursante de fs. 1423 a 1430 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo en representación de Emilia Rosa Carvallo Rojas contra Eduardo Amaya Rocha y Ricardo Antezana Arze, actual y ex Director Ejecutivo; y, Wendy Joanna Morales Álvarez, Sumariante II, todos del Complejo Hospitalario Viedma.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2.1. Consideraciones previas
- REVOCAR