SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

concedió

Sala Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 53 de 9 de septiembre de 2015, cursante de fs. 349 a 350, concedió la tutela solicitada y dispuso la nulidad del Decreto Edil 21/2015, ordenando a la autoridad demandada pronunciar un nuevo fallo conforme a los parámetros contenidos en la parte considerativa de la resolución, con los siguientes fundamentos: a) No existen elementos de improcedencia en la demanda de acción de amparo constitucional, no siendo correcto lo señalado por la parte demandada que previamente se agote la vía contencioso administrativa, conforme lo determinó la jurisprudencia constitucional; y, b) Es evidente que en el proceso administrativo que dio lugar a la emisión del Decreto Edil 21/2015, no se citó al accionante pese a versar sobre un área de su propiedad.