SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Adquirió a título de compra venta un inmueble con una superficie de 3672.00 m2 de la compañía de construcciones civiles Patiño & Patiño y previo el cumplimiento de todos los requisitos lo inscribió en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 7.01.1.99.0037400, asiento A-4, de 6 de mayo de 2010, registrando también su derecho de dominio en el Catastro Urbano del Municipio; sin embargo, encontrándose en pleno ejercicio de su derecho propietario, asumió conocimiento que Reyes Antelo Villarroel -hoy tercero interesado- tramitó la otorgación de certificado de uso de suelo y catastral ante el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra sobreponiendo un supuesto derecho propietario a su inmueble que mereció las Resoluciones Administrativas (RRAA) 1104/2014 de 22 de octubre y 932/2014 de 15 de septiembre, de la Secretaría Municipal de Recaudaciones y Gestión Catastral del referido Gobierno Autónomo Municipal, que rechazaron la solicitud, precisamente al advertir la existencia de código catastral a su favor y en cumplimiento al Reglamento Nacional de Catastro Urbano aprobado mediante Decreto Supremo (DS) 22902 de 19 de septiembre de 1991, que prohíbe la sobre posición de inscripciones.

Contrariamente a esas determinaciones María Desiree Bravo Monasterio, ex Alcaldesa del referido Municipio mediante Decreto Edil 21/2015 de 12 de enero, resolvió la otorgación de lo impetrado. Esta determinación fue asumida ante su total indefensión, alegando el cumplimiento a una determinación judicial, sin considerar que la misma estaba sujeta a condicionamiento de cumplimiento de requisitos y formalidades de ley, que en el caso no fueron cumplidas; por lo que, es una determinación ilegal y lesiva a sus derechos; por cuanto, se sobrepone a su derecho de propiedad consolidado, sin que haya podido asumir defensa al respecto.