SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2016-S2

Fecha: 03-Feb-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su componente congruencia y a la propiedad privada, toda vez que las autoridades demandadas a través de las resoluciones pronunciadas, han obrado al margen de la norma que regula el acto de subasta y sus emergencias, ello dentro del proceso coactivo civil seguido en su contra, pues el 8 de junio de 2015, tuvo lugar la segunda audiencia pública de remate del inmueble de su propiedad, el cual fue ofrecido en garantía del préstamo obtenido en su oportunidad del Banco FIE S.A.; actuado en el que cometieron varias ilegalidades como el hecho de que el adjudicatario no hubiera efectuado el empoce del 20% en su oportunidad, aspecto que el martillero hizo conocer al Juez de la causa, empero dicha autoridad actuando al margen la ley mediante resolución intimó al adjudicatario a efecto de que en el plazo de tres días efectué el depósito del 20% así como del monto total del inmueble en cuestión, determinación que recurrida en apelación fue confirmada por el Tribunal de alzada, convalidando las ilegalidades cometidas en dicho acto procesal, en el que no se dio correcta aplicación a las disposiciones contenidas en los arts. 527, 528, 543 u 545 del CPC.1976 y lo solicitado por el accionante no fue atendido en la manera en la que dicho petitorio fue planteado.