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    AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2016-CA

    Fecha: 04-Mar-2016

    Fragmento 7

    2.     Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades” (las negrillas nos corresponden).

    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2.
    • a)
    • 1)
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • Fragmento 7
    • II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad relacionada con el debido proceso
    • El derecho al debido proceso, es de aplicación inmediata, vincula a las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal previsto por el constituyente, para proteger derechos a la tutela judicial efectiva, a la garantía de certeza e intangibilidad de resoluciones judiciales a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • se infiere que al formar parte del derecho al debido proceso se constituye en un derecho constitucional de la persona,
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • IMPROCEDENTE

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