Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2016-CA

    Fecha: 04-Mar-2016

    II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad

    Por su parte, el art. 143 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señala que: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de Órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley”.

    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2.
    • a)
    • 1)
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • Fragmento 7
    • II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad relacionada con el debido proceso
    • El derecho al debido proceso, es de aplicación inmediata, vincula a las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal previsto por el constituyente, para proteger derechos a la tutela judicial efectiva, a la garantía de certeza e intangibilidad de resoluciones judiciales a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • se infiere que al formar parte del derecho al debido proceso se constituye en un derecho constitucional de la persona,
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • IMPROCEDENTE

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca