SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016

Fecha: 23-Mar-2016

II.5.

 II.5.   Eudal Velásquez Rojas, en representación de Eleuterio Velásquez Rojas, por memorial presentado el 31 de octubre de 2014, formuló excepción de incompetencia, señalando que la Jueza de Instrucción Mixto en lo Penal de Muyupampa, es incompetente para conocer y resolver la demanda de reparación de daños y perjuicios, en virtud a que el hecho que generó la acción tuvo lugar en área rural, máxime si la autoridad judicial que conoció la demanda tiene facultad para asumir competencia sobre hechos suscitados al interior del radio urbano (fs. 29 a 33).