SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0206/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0206/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

denegó

La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante resolución 69/2015 de 5 de noviembre, cursante de fs. 107 a 110, denegó la tutela solicitada, conforme a los siguientes fundamentos: 1) El debido proceso se manifiesta en una triple dimensión, se encuentra reconocido como un derecho humano por instrumentos internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica (art. 8) y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) (art. 14) que conforme al art. 410 de la CPE, forman parte del bloque constitucionalidad; 2) Los hechos de denunciados por la parte accionante, no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el art. 45 y 46 del Reglamento CJ-RGA-205, de lo que se puede establecer que lo señalado en el Auto 008/15, se tiene que no fue efectuada la presentación formal dentro del plazo previsto para su impugnación, teniendo presente que los plazos son perentorios, corriendo a partir de la notificación con la resolución contra la cual se presenta la impugnación; y, 3) Es así que los demandados no tenían la obligación de absolver los fundamentos de la impugnación, por no haberse presentado el recurso en forma oportuna, por lo que se realizó una correcta tramitación del proceso y rechazo del recurso por la preclusión del derecho a impugnar, no siendo posible intentar vía amparo constitucional y pretender salvar los actos o la negligencia por parte del accionante.