Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0206/2016-S2
Fecha: 07-Mar-2016
II.8.
II.8. Cursa solicitud de copia legalizada e informe dirigido a la empresa de servicios de currier y mensajería “BIMEX”, de 3 de agosto de 2015, así como la respuesta de justificación de 24 del mismo mes y año, que certifica la entrega de correspondencia según guía 219 de 1 de abril de igual año, la cual fue entregada en la oficina del Estado Mayor el 2 del referido mes y año, señalando que se recibió con el sello de Correos de Bolivia-Estado Mayor; la justificación es que el jueves se deja en ventanilla y el día viernes (3) es feriado nacional de Semana Santa, derivándolo recién el 6 del mes y año mencionados. (fs. 44 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.
- “De conformidad al art. 128 de la CPE, la acción de amparo constitucional es un mecanismo de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de servidores públicos o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías reconocidos por la misma Constitución Política del Estado y la ley. Ámbito de protección que alcanza a la vulneración de Pactos y Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por el Estado conforme se establece del tenor del art. 410 de la CPE.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Los recursos de reconsideración y apelación en el Reglamento del Tribunal del Personal de la Fuerzas CJ-RGA-205.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- El debido proceso y el derecho a la defensa
- Fragmento 22
- III.4
- REVOCAR en todo