SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2016-s2

Fecha: 21-Mar-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso vinculado a la libertad de locomoción; alegando que, dentro del proceso penal seguido por Ministerio Público contra su persona y otros imputados por la presunta comisión del delito de estafa, el Juez ahora demandado, no obstante haber rechazado a través de Auto de 30 de junio de 2015, la excepción de incompetencia opuesta por uno de los coimputados, señaló alternativamente audiencia de aplicación de medidas cautelares para el 4 de agosto de igual año, a horas 16:30, además de emitir conminatoria al Fiscal Departamental para presentar requerimiento conclusivo de la etapa preparatoria en el plazo de cinco días bajo prevención de extinguir la acción penal; ante cuya emergencia, el 9 de julio de 2015, el Fiscal de Materia asignado a la investigación presentó dos requerimientos, uno determinando sobreseimiento en favor del nombrado         co-imputando y otro de acusación formal contra su persona y Juan Mamani Escalante, ameritando que por Auto de 22 de igual mes y año, el Juez demandado dispusiera que las actuaciones pertinentes fuesen remitidas al Tribunal de Sentencia Penal de turno, así como el archivo de obrados; sin embargo, a pesar de lo determinado y de haber perdido competencia al declarar fenecida la etapa preparatoria, ilegal e indebidamente instaló la audiencia de aplicación de medidas cautelares antes señalada y ante su inconcurrencia declaró su rebeldía ordenando se expida mandamiento de aprehensión en su contra, sin que su persona tuviese conocimiento real y efectivo del señalamiento de dicha audiencia de medidas cautelares por haber sido practicada la diligencia de notificación de manera ilegal en su domicilio procesal.