SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

II.1.

II.1.  De antecedentes procesales y fundamentos de la demanda constitucional, se tiene que dentro del proceso ordinario civil interpuesto por Antonio Molina Mela y Jamile Abuawad de Molina contra el BNB S.A., en fase de ejecución de sentencia, la referida entidad financiera, interpuso acción de amparo constitucional contra los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, Sandra Molina Villarroel e Iván Sandoval Fuentes, así como contra la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial de ese departamento, la que fue resuelta por Rodrigo Erick Miranda Flores y Humberto Ortega Martínez, Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del indicado Tribunal -ahora accionantes-, quienes constituidos en Tribunal de garantías constitucionales, dispusieron dejar sin efecto el Auto de Vista 179/2015, así como su Auto complementario 188/2015, ordenando que los Vocales demandados emitan una nueva resolución debidamente fundamentada en base a las observaciones efectuadas; sin embargo, la misma no pudo ser pronunciada, debido a que las autoridades referidas fueron recusadas por los representantes del BNB S.A., aduciendo causales sobrevinientes como la interposición de una denuncia penal en su contra, motivando que éstos se allanen a la misma, y formulen su excusa, que a través de Auto 214/2015 fueron declaradas legales (fs. 29 a 32).