SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

II.3.

II.3.  Por decreto de 16 de julio de 2015, Hugo Bernardo Córdova Egüez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ante la eventualidad de presentación de excusas y recusas formuladas contra todos los Vocales integrantes del citado Tribunal, dispuso la convocatoria de un Vocal del departamento de Potosí; así como la suspensión temporal del plazo para la tramitación y consiguiente resolución de las excusas formuladas por los Vocales ahora accionantes, por la realización de un paro cívico en el referido departamento; el que una vez suspendido, por proveído de 3 de agosto del indicado año, dispuso la reanudación del plazo para su resolución, convocándose al Vocal de Turno de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, disponiendo su notificación mediante el respectivo exhorto suplicatorio, recayendo en su titular Freddy Gilberto Romay Gonzáles; determinando, posteriormente, mediante proveído de 14 del citado mes y año, ante la existencia de votos disidentes para la resolución de las excusas formuladas, convocar a Wilfredo Ramos Quispe, Vocal integrante de la Sala Civil y Comercial antes nombrada (fs. 13 a 17).